Punto 3: Ley general de la salud
Ley general de la salud
Esta ley se creó en 1973. En ella se indica que la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado. A esta ley le corresponde velar por la salud de la población. La misma corresponde al Ministerio de Salubridad Pública, la definición de la política nacional de salud, la normativa, planificación y coordinación de toda actividad pública y privada relacionadas con la salud. Tiene potestades para dictar reglamentos autónomos en estas materias. En ese sentido se indica que todo habitante tiene derecho a las prestaciones de salud. Tiene el deber de proveer a la conservación de su salud, la de la familia y la de la comunidad. A continuación, se mencionarán detalladamente los artículos que constituyen esta ley.
En el artículo 10 de la ley anteriormente mencionada se establece que toda persona tiene derecho a obtener de los funcionarios competentes la debida información y instrucciones sobre asuntos, acciones y prácticas conducentes de la promoción y conservación de su salud y miembros de familia acerca de: higiene, sexualidad, dieta, orientación psicológica, entre otros.
El artículo 11 indica que los que vayan a contraer matrimonio pueden solicitar los servicios de salud certificados en que se acredite, mediante exámenes que no padezca de enfermedades transmisibles o crónicas ni condiciones especiales que pongan en peligro vidas de terceras personas o de la descendencia.
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La madre de acuerdo con el artículo 12, tiene derecho a los servicios a información materna, al control de un médico durante su embarazo, a la atención médica para el parto y a recibir alimentos para tener una dieta adecuada para ella y el niño, durante el período de lactancia.
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En el caso específico de niños y niñas el artículo 13 obliga a los padres y al Estado a velar por su salud y su desarrollo social, físico y psicológico. Para esto tienen derecho a las prestaciones de salud desde el nacimiento hasta su mayoría de edad. Y los niños que presenten algún tipo de discapacidad gozarán de servicios especiales.
En el artículo 14 se menciona que es obligación de los padres cumplir con las instrucciones que se les impongan para velar por la salud de los menores a su cargo y serán los responsables por el uso que le den a los alimentos brindados como suplementos nutritivos a la dieta.
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Se menciona en el artículo 15 que se prohíbe la comercialización de los alimentos que sean entregados por las instituciones privadas o públicas.
Los escolares tienen la obligación, según el artículo 16 de someterse a exámenes médicos y dentales preventivos y participar en programas de educación acerca de salud y nutrición.
Según el artículo 17 toda persona tiene derecho a realizarse exámenes preventivos de salud y de diagnostico para descartar enfermedades crónicas.
Obligación de evitar accidentes personales de personas a su cargo y utilizar las disposiciones de seguridad diseñadas., esto lo indica el artículo 18.
En el artículo 19 se establece que toda persona puede solicitar información y medios para prevenir, efectos generados por el consumo de drogas o otras sustancias.
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Los artículos del 150 al 154 establecen como no solo derecho sino como un deber la vacunación y revacunación. Los padre o tutores tendrán la obligación de llevar a los menores a vacunarse. La unidad especializada le entrega un certificado de vacunación, el cuál es una obligación mostrar al hacer un tramite de matrícula en los centros educativos. Esta medida es obligatoria de igual forma para extranjeros que quieran permisos de permanencia en el país, esto lo dice el artículo 172.
Los artículos del 196 al 200 de la Ley General de Salud plantean lo siguiente:
· Personas naturales y jurídicas que estén relacionadas con actividades ligadas a los alimentos, destinados al consumo de la población deberán evitar omisiones en el cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias.
· Los alimentos son todos aquellos que al ser ingeridos proporcionen al organismo los elementos necesarios para su mantenimiento, desarrollo y actividad.
· Todo alimento destinado al consumo humano debe de cumplir disposiciones sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud. La carne por ejemplo destinada al consumo de la población deben de ser animales sacrificados con las normas reglamentarias y en establecimientos autorizados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y por Salubridad Pública.
· Se prohíbe importar, elaborar, usar, poseer para la venta, comerciar, traspasar, manipular, distribuir y almacenar alimentos alterados o deteriorados, debido al prejuicio que le puedan generar a la salud de las personas.
En conclusión, la Ley General de la salud y todos los artículos que la componen son de suma importancia, puesto que gracias a la ley como costarricenses tenemos derecho al acceso gratuito a la medicina. Por otro lado, también tenemos la certeza de que todos los alimentos que consumimos en nuestro día a día deben de pasar ciertas reglas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, y Salubridad Pública. La salud pública es de vital relevancia en una sociedad, ya que es un índice de desarrollo social, así como económico. Como costarricenses debemos de estar agradecidos por todas estas ventajas y privilegios que se nos otorgan y otros países no tienen la dicha de tener.
Bibliografías:
González, G.Espinoza, M. Valverde, M. Guzmán, H. (2019). Visión Cívica 11 (1. Ed.). San José, C.R.: Eduvisión.
La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2020). Ley General de Salud. Disponible en http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=6581&nValor3=96425&strTipM=TC
Imágenes:
Imagen 1 https://www.prensalibre.com/vida/salud-y-familia/meta-2020-crear-habitos-para-conservar-la-salud/




La Ley General de la Salud establece la forma de organización y las atribuciones de los servicios de nuestro país, pero fundamentalmente ¨específica la forma en que debemos ser tratadas todos las personas¨(Portillo, 2020). Como menciona la cita anterior esta ley define como todos los costarricenses debemos ser tratados con respecto y sin ninguna discriminación a pesar de nuestra edad, genero, condición física y social, religión o tendencia política. Esta ley es muy importante para nuestro sistema de salud ya que nos da el derecho a todos los costarricenses de recibir un servicio de salud gratuito a pesar de que grupo pertenecemos. Además, que el gobierno no solo vela por la atención médica, sino que también se preocupa por los alimentos que ingresan a nuestro país tengan las mejores condiciones para poder ingerirlas. De esta manera protegen nuestra salud y evitan cualquier tipo de riesgo, protegiendo a la salud pública del país.
ResponderEliminarLos artículos del 150 al 154 en mi opinión son uno de los mas importantes ya que estos indican que la vacunación y revacunación es un deber. Esto me parece importante ya que según científicos y médicos indican que "las vacunas benefician tanto a las personas vacunadas como a las personas no vacunadas y susceptibles que viven en su entorno (inmunidad de grupo)"(Alvarez,2019).Esto me parece muy importante ya que aveces hay gente que simplemente no se vacuna pero el echo de que otros si lo hagan estro beneficia indirectamente a la sociedad en la que vivimos.
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